miércoles, 18 de marzo de 2015

SFEIR PRESENTA INICIATIVAS PLAN REGULADOR 2015

9 NO VE NO
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19 de MARZO DE 2015  ES PLAZO DE  OBSERVACIONES  AL PLAN REGULADOR DE LA SERENA -  PARTICIPACION  CIUDADANA
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REPLICA DE CARTA  A LA MUNICIPALIDAD 

LA SERENA, 16 de marzo de 2015
DOC. FS.PRLS-2015-0316
MAT: OBSERVACIONES AL PLAN REGULADOR LA SERENA
REF: PARTICIPACION CIUDADANA  POR LEY  G.U.C.
DISTRIBUCION
MUNICIPALIDAD DE LA SERENA; DOM; SECPLAN
CONCEJO MUNICIPALIDAD DE LA SERENA; CONCEJALES
GORE-IV; GOBERNACION DE ELQUI; ONEMI-IV
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE;  CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION
FACULTAD DE ARQUITECTURA  UNIVERSIDAD DE LA SERENA
cc/  ARCHIVOS

contiene 15  páginas. 

A:  MUNICIPALIDAD DE LA SERENA
OBSERVACIONES  AL PLAN REGULADOR  COMUNAL DE LA SERENA
PERIODO DE OBSERVACIONES  FUNDAMENTADAS,  PLAZO al  19 de marzo de 2015
i)                    Se cumple con plazo concedido para formular observaciones al proyecto de PLAN REGULADOR LA SERENA – FASE 2015

ii)                  Se acoge a ley de transparencia para organismos públicos  (información solicitada). PÁG. 11. 

iii)                Se propone crear un “CONSEJO DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE EN DERECHOS CIUDADANOS” .CODUS.

iv)                CONSIDERACIONES  INNOVACION EN DESARROLLO URBANO Y  PLAN DE DESCENTRALIZACION – ZONAS METROPOLITANAS – MEDIDA 4; MEDIDA 7.

1.   PRESENTACION   

Yo soy arquitecto, inscrito en colegio de Arquitectos de Chile y en el  Registro Nacional de Consultores del MINVU.  Soy Chileno.  sfeirchile@gmail.com
Mis estudios los realicé en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile y en la Facultad de Ciencias Sociales U.Ch. Post Grado GE&DER.
Fui invitado a participar en las fases anteriores de formulación del PRC, haciendo sugerencias, documento que entregué directamente a la representante de la Consultora a cargo del proyecto, quien lo recibió de mis manos, en el taller realizado en La Serena, Escuela Técnica Femenina, el día 20 de marzo de 2014. 
Complemento, formalizo y actualizo mi  presentación en este documento, para conocimiento público y para quienes deben ser informados en el proceso.
NO es reservado y puede ser difundido para beneficio ciudadano, en sus derechos a ser informados oportunamente.

PLAN REGULADOR  CIUDAD DE LA SERENA – DATOS DE  ACTUALIZACION  PLAN SERENA 1986  - Estudio  AC  CONSULTORES + SFEIR
En la formulación del proyecto de actualización del plan regulador de La Serena, año 1986, estudio en el que participé como arquitecto consultor  adjunto a la empresa AC. CONSULTORES, dirigida por el Arquitecto Mauricio Muñoz, me correspondió desarrollar varias actividades, principalmente encargado de  la confección del diagnóstico territorial de la zona urbana y su  área contigua de influencia, como también arquitecto responsable de la formulación de las alternativas de desarrollo estructural  físico y funcional, lo que se presentó a la municipalidad de La Serena y a la entidad técnica de la SEREMI MINVU: el departamento de desarrollo urbano, entonces dirigido por la Arquitecta Marcia Aqueveque.  Mi trabajo se refirió exclusivamente a la etapa de FORMULACION DE ALTERNATIVAS, no siendo de mi responsabilidad ninguna fase posterior del proyecto urbanístico. 

1.1. Al revisar los antecedentes contenidos en el expediente básico, del diagnóstico del año 1986 (hace 29 años) se pueden observar las siguientes caracterizaciones, RESPECTO DE LA PLANIFICACION COSTERA, que tienen plena vigencia:
a)      Se identifica una vasta zona de riesgo de inundación por maremoto, que se graficó para toda la bahía de Coquimbo, trabajo realizado en conjunto con otros profesionales expertos en geología, geofísica e hidrogeología, entre los que cuenta el Ingeniero Dr. Sr. EDUARDO ROZAS ELGUETA, con quien se analizaron aspectos de  suelo, subsuelo, napas freáticas, áreas inundables y licuefacción.  Los antecedentes de ese trabajo se plasmaron en un plano de riesgos de inundación marina, que se entregó como parte del conjunto de datos de la fase de diagnóstico.  Debo a la vez señalar que en  esa fecha los integrantes de la comisión revisora del MINVU consideraron una exageración dicho diagnóstico y determinaron no incluir totalmente esta pieza en la base de planificación, por considerar que “atentaría contra los propósitos de desarrollo inmobiliario de la zona del borde costero de la ciudad”, ya que afectaría los intereses de los inversionistas y propietarios del borde costero, principalmente la Municipalidad de La Serena, también como principal interesado en la actualización del plan regulador, que databa de la gestión del  EX presidente González Videla (1946-1952).  El alcalde de entonces influenció sobre los encargados ministeriales del estudio y el informe de riesgos se eliminó en su expresión más técnica, ya que imponía medidas de prevención que las autoridades no querían enfrentar, tales como dejar consignadas todas las vías de escape necesarias, atravesando la propiedad privada de las parcelas VEGAS SUR. 
b)      Mi observación en esa fecha, año 1986, como responsable del diagnóstico, se fundamentó en las recomendaciones del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile –SHOA-  institución que visité personalmente en Valparaíso, para obtener información directa y recomendaciones de las autoridades en prevención de eventos denominados “maremotos”, los que en esa fecha se definían claramente en documentos específicos donde la recomendación general era mantener una zona de restricción al desarrollo de asentamientos humanos por debajo de la cota 20 metros sobre el nivel del mar, y en caso de existir  viviendas se recomendaba prevenir  y asegurar ante esos desastres con sistemas de alarmas, y vías de evacuación expeditas, considerando un tiempo de escape de no más de veinte minutos, desde ocurrido el sismo con características de terremoto.
c)       Considerando tales sugerencias de la Armada de Chile, en la propuesta de ALTERNATIVA DE DESARROLLO VIAL  ESTRUCTURAL, propuse un conjunto de avenidas de escape desde la misma COSTANERA, de modo transversal, con un perfil de CUATRO VIAS DE ANCHO, para que en caso de evacuación por peligro de maremoto, las cuatro vías funcionarían de salida --evidentemente-- para lograr el objetivo de sacar a la población en menos de 20  minutos
d)       El diseño de las avenidas consistía en un perfil de tipo tradicional, con pavimentos sólidos, pero con algunas diferenciaciones específicas en cuanto a diseño geométrico, tales como: superficies de calzadas  que se elevaren al menos30 a 40 cm por sobre los terrenos circundantes, ya que en ningún caso  se debería admitir  que actuaren  como canales conductores de aguas, sino lo contrario, o sea, serían como pistas calzadas-emergentes[1]  del  entorno inundable
e)      Las evacuaciones de aguas lluvia o evacuación de las aguas de inundación marina debían ser mediante canales diferenciados alejados de las pistas de circulación, o entre las mismas, según sea el caso por causas de diseño urbano.  Por otra parte,  estas vías tienen el propósito de ser VIAS DE ESCAPE, en caso de terremotos y riegos de maremotos[2], lo más expeditas posible.   Los perfiles de estas avenidas debían tener características esenciales, para prevenir los potenciales tacos por elementos de caída sobre las vías de escape, tales como:  postes, árboles y palmeras, letreros y señaléticas que amenazan peligro de obstaculización, edificaciones y esculturas mal ubicadas, entre un conjunto de instalaciones aberrantes que emergen por presión política-empresarial  de los sistemas de anuncios comerciales y avisajes varios (paletas, gigantografías, avisos políticos, etc).  Incluso, los mismo semáforos y señaléticas debería cumplir con las exigencias de no obstaculizar el escape de las masas humanas en estado despavorido a pesar de las supuestas reglas de calma --lo que en caso de un maremoto no ocurre realmente--  ya que todos tienden al escape veloz y mucha veces generando conflictos de nudos y embotellamientos, tanto en peatones como en vehículos. 
f)     El diseño transversal de las VIAS DE ESCAPE, consideraba (y ahora más urgente que antes) las rasantes de seguridad ante el posible desplome de elementos verticales, las que aplican desde las vías de evacuación de vehículos (calzadas y soleras) en un ángulo adecuado al entorno urbano, en una distancia al borde de la calzada que genere áreas de RESTRICCION A ELEMENTOS DE RIESGO (indicados en punto anterior), de modo que ante la acción de un terremoto dichos elementos no caigan sobre las calzadas, y en lo posible tampoco sobre las veredas, por donde transiten peatones.  Como ejemplo, se supone que un árbol de envergadura mayor (pino, araucaria, palmera, de 10 o más metros de altura) podrían caer sobre la calle por efectos del sismo o por causa de la primera o siguientes olas del maremoto, conformando barreras insalvables en esa circunstancia.   Considerando que un maremoto pude contener varias olas, a  veces siendo más potentes las sucesivas.  Se considera que una ola promedio supera cinco metros de altura y podría llegar a ser de veinte metros (como siete pisos de altura).  Los edificios a construir en los costados de las vías de evacuación debían contemplar  las rasantes de desplome, a partir de una altura y distancia que garantizare que las caídas de partes de edificios o sus bloques completos, no obstaculizaren las vías de escapes.  (supuestamente 60° desde las líneas de cierre predial).  Los árboles y elementos de mobiliario, esculturas, avisos, postes, etc., deberían quedar a una distancia que al desplomarse rotacionalmente sobre su base, no obstaculicen las vías de escapeEsto debe ser normado en el PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA.  ES INELUDIBLE  establecer estas normas preventivas.   --- LAMENTABLEMENTE, quienes tienen la responsabilidad de confeccionar  los textos de la Ordenanza Local de UyC,  asociada al Plano Regulador , NO INCLUYEN ESTOS ASPECTOS POR IGNORANCIA, ya que son temas nuevos.



[1] Se debe entender como CALZADAS EMERGENTES aquellas vías que sobrepasan la altura media del terreno circundante, sin ser vías elevadas,  de modo tal que ante una inundación permiten ser utilizadas por las personas y los automóviles para efectuar las evacuaciones, aún en presencia de agua, ya sea durante el evento o posteriormente para la actuación de las brigadas de rescate post catástrofe.  Estas calzadas deben ser ejecutadas con normas de estabilidad mayor a las habituales, ya que deben resistir ambientes inundados.  
[2] Es necesario aclarar que TODAS LAS VECES QUE OCURRIERE UN SISMO con características de riesgo, o de un aviso del sistema internacional de alarmas de TSUNAMI, las evacuaciones deben ser efectuadas, impostergablemente, no como un simulacro, sino con todas las medidas de hecho real.  Esto conlleva un conjunto de riesgos asociados a la seguridad de las personas, tales como los posibles y potenciales accidentes por escape, principalmente sobre ancianos, niños, discapacitados y personas con riesgo cardiaco o enfermedades crónicas como EPOC, asma, síndrome vertiginoso, entre otras.  No es menos pensar en personas bajo efectos del alcohol.  Considerar noche de año nuevo.  Peack.

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 g)  De todas formas, en estas zonas de inundación marina, LOS PASOS BAJO NIVEL  DEBÍAN  SER  PROHIBIDOS, Y SIN EXCEPCION NINGUNA EN LAS RUTAS DE ORDEN NACIONAL (RUTA 5)  Y OTRAS COMPLEMENTARIAS (enlaces) como COSTANERAS DEL RIO (caja inundable).    La fuerza dinámica de una ola[1] puede penetrar varios kilómetros adentro de la bahía, sobre todo por la depresión del Rio Elqui, donde la cota 20 msnm  se ubica en las cercanías a la quebrada de Monardez.   Las olas pueden remontar mayores distancias, como lo hace el agua arrojada desde un balde, sobre un piso inclinado ascendente, hasta disiparse la energía contenida. 

h)  Complementariamente, en las recomendaciones sugeridas en dicha propuesta de planificación urbana (1986)  y posteriormente también comunicadas a las autoridades democráticas electas, se indicaron medidas preventivas, tales como:  instalación de letreros con anuncios de “peligro de maremoto”,  “vías de evacuación”;  despeje de terrenos (retirar alambres de púas) para salidas de peatones cada 500 metros, hasta las zonas seguras.  Las vías de escape peatonal debían ser elevadas sobre la panamericana y dotadas de envolventes de mallas metálicas anti caídas.   No debían ser admitidas pistas  bajo nivel en calles de evacuación  y en general en ningún caso.

i)  En 1992  entregué un completo cálculo de cuantificación de dimensiones de vías de evacuación al gobierno regional dirigido por el Intendente Abogado  Renán Fuentealba  Moena;  se estimaron 14 vías de evacuación entre Coquimbo y Punta de Teatinos, con cuatro pistas cada una, las que actúan solamente de salida en caso de Tsunami, para cumplir el protocolo de escape en menos de 20 minutos.   

j)  Un nuevo informe actualizado  se entregó al Gobernador de Elqui en septiembre de 2013, con cálculos de poblamiento humano estival en las playas de la bahía (ver anexo última página). Se puede acceder a esa información en el blog >>>  www.maremotochile.blogspot.com

1.1. Efectos actuales

k) Estas recomendaciones hechas por Sfeir, en ese tiempo se consideraron “exageradas y que podrían ahuyentar a los turistas, principalmente argentinos”.   No obstante esas recomendaciones fueron asumidas sucesivamente por las autoridades, incluso algunas orientaciones señaladas por mi parte en 2012 al Gobernador de Elqui, por riesgo inminente de Tsunami, periodo “ALTO RIESGO”, ya que la fase crítica se inició el año 2012, considerando los retornos de 80 a 100 años para tsunamis de alta magnitud, desde el maremoto del año 1922; se recomendó analizar estos riesgos de modo urgente.   El informe se entregó con copia al Gobierno Regional de Coquimbo.  El gobierno regional contrató sendos estudios para analizar los riesgos sobre la población costera, los que arrojarían propuestas de soluciones. 




[1]  REC:  Una ola tiene dos efectos, el primero ENTRANTE es de impacto y socavamiento ascendente, con arrastre de material liviano, principalmente.   El segundo es el efecto de RETORNO, con socavamiento de fundaciones y desmembramiento de elementos estructurales, depositando lodos y piedras en todos los fondos bajos, como pasos bajo nivel, subterráneos y depresiones del  tejido urbano.  En general se recomienda calcular el efecto de tres olas mayores.  Se recomienda considerar datos del terremoto de 1960 – Valdivia.  Sumar el efecto  licuefacción, en presencia de movimiento sísmico más agua,  que produce hundimiento de masas gravitacionales más densas. 

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 l)    Con fecha 18 de marzo de 2014 (hace justamente un año) en diario EL DIA, se comunicaba lo siguiente:  Título en portada “SOLO EN 2015 HABRÁ VIAS DE EVACUACIÓN FRENTE A TUSNAMIS - diseño debiera finalizar este año (2014), para expropiar las rutas para llegar a zonas de seguridad”;  ”; luego en página 18, se lee: el Director de ONEMI dice que “las expropiaciones  -45 lotes- superan los 6.616 millones y las  obras de inversión en asfaltos peatonales – no vehiculares- alrededor de   $ 2.000 millones, con inicio a fines de 2014 o durante 2015…”-  se puede ver claramente que los planes no incluyen habilitar nuevas vías de escape para vehículos, lo que resulta inaudito en un mundo automovilizado, sobre todo para el nivel de viviendas existentes en el borde costero y la mayoritaria presencia de turistas, que dependen de sus   automóviles para retornar a sus puntos de origen, nacional o internacional  O sea, el gobierno no protege los intereses de los ciudadanos en tránsito, que podrían salvar sus vidas (con dificultades) pero no salvar sus vehículos.  Es inverosímil.  Imaginemos que una familia argentina desea evacuar y retornar de inmediato a su patria, eso no sería posible, si el vehículo abandonado es atrapado por una ola.  Más todavía cuando las personas no desean abandonar su auto si se trata de una marca prestigiosa como AUDI o Mercedes. 

m)  La misma noticia (18-03-2014) respecto de los tiempos de evacuación:  El director de ONEMI señaló que… “los tiempos de evacuación no son buenos, la gente lo sabe… hemos estado con ellos y estamos agradecidos de su participación…”  también dice que “los simulacros son importantes para que la población sepa cómo reaccionar ante una emergencia, pero hay situaciones que son insoslayables…”.   Parece que el término “soslayar” podría ser un escape argumental a las responsabilidades de la gestión urbana deseable.  “Hacer mal para después corregir”, lleva a las pésimas conductas de los urbanizadores  y las malas prácticas de urbanismo que nada tienen de sustentable.  El costo POSTERIOR, mucho más alto que el debidamente original, se aplica a los bolsillos de los contribuyentes, para subsidiar los intereses de los más pudientes, los que adquirieron bienes muebles sin pagar la infraestructura asociada: las vías transversales para garantizar el escape de los propietarios, principalmente, y de los turistas en segundo término, lo que sí podría estar subsidiado por el fisco.

n) Por los motivos anteriores, las recomendaciones urbanísticas señaladas en el proyecto de reformulación y actualización del PLAN REGULADOR DE LA SERENA, año 1986 (AC Consultores+Sfeir), DETERMINARON UNA ESTRUCTURA VIAL DE ESCAPES, no más distanciadas entre ellas de 500 metros, respetando condiciones de vialidad en la RUTA 5.  Dichas vías de escapes trasversales, se propusieron en la malla vial estructurante, debiendo haber sido respetadas en los loteos y a la vez exigidas en las obras de infraestructura vial como condiciones a las empresas inmobiliarias que construyeron los edificios existentes. Por tal razón de mayor complejidad, la SEREMI MINVU, decidió no aplicar dichas vías y sus exigencias, “porque podrían desincentivar el desarrollo urbanístico” de la Costanera o Avenida del Mar.  El resultado de dicha decisión política en el tiempo de la Dictadura  (no urbanística)  es lo que podemos observar actualmente:  una  ciudad  costera  sumida en una trampa mortal, genocida, ya que no existen vías de evacuación suficientes, ni peatonales ni tampoco para todos los vehículos, en un momento normal, como en este momento resulta con baja población de turistas.  Debo aclarar que no es menos importante que las decisiones políticas son frecuentemente contrapuestas con las orientaciones urbanísticas, más aún en los tiempos en que no existía un congreso (1986)  que legislara y el poder judicial estaba infiltrado por el poder militar.   Por tal razón, las recomendaciones para SALVAGUADAR LOS DERECHOS HUMANOS señalados en la constitución, no fueron respetados en absoluto.  Se violentó el derecho  a la seguridad de los asentamientos humanos, sobrepasando también el derecho a la seguridad del patrimonio, desde su base de planificación, lo que constituye una aberración incomparable. 

o) Frente a estas características, las recomendaciones de diseño urbano en zona de impacto directo de una ola (velocidad a veces superior a 100 km/hr) y sus áreas de inundación, NO TIENEN  COMPARACION EN OTRA PARTE DEL MUNDO, debido a que Chile es el país más sísmico  del planeta.  Suma la condición de presencia de una fractura potencial de la Placa y fosa de Nazca, lo que ya se conoce como “El Grande”[1], que impactaría toda la zona costera norte de Chile.  La preparación para esto no es solamente instruir a las personas, sino  que sería  darles la posibilidad cierta de que puedan salvar sus vidas.   
Considerar  la modelación del sistema de evacuación  ante un evento de sismo con riesgo de TSUNAMI,  en momento de mayor afluencia de personas en la costanera de la Serena-Coquimbo un día 31 de diciembre a medianoche (para diseño de tiempos de evacuación en condiciones extremas).  Posiblemente los mayores riesgos no sean el Tsunami, sino el pánico. 



[1] Las magnitudes de los sismos no son escalonadas de modo simétrico, sino de tipo exponencial, es decir, es como comparar una caja de fósforos con una habitación, entre grado 5 y grado 7,  pero luego entre grado 7 y grado 9 sería como comparar una habitación con toda la ciudad.  Se refiera a la cantidad de energía liberada, en un sismo y terremoto.

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p)      >>> Opcionalmente: sistemas de orientación por indicación lumínica ( led ) y sonidos referenciales robotizados.  Las vías de evacuación deben señalar las distancias (letreros) que faltan para llegar a las zonas de seguridad, por ejemplo cada 500 metros y su esquema.
q)      Sumar  todas las consideraciones que puedan recomendar los expertos en seguridad y prevención de desastres naturales.
r)      La avenida del mar --sin sus necesarias vías de evacuación--  se ejecutó ciegamente, y con sordera política.  Se convirtió en defecto crónico. 
s)      Resulta irrefutable que la planificación urbana de LA COSTANERA Y TODO EL BORDE COSTERO DE LA CIUDAD DE LA SERENA es una calamidad magna, ya que no existen garantías de ningún tipo para las personas que adquieren propiedades, ya sea en edificios colectivos  o simplemente terrenos eriazos para futuras obras, sin contar con una estructura urbanística adecuada, que respete las garantías constitucionales. 
t)       Por lo anterior, la planificación urbana, sin considerar lo que la CONSTITUCION POLITICA DE CHILE señala, es un acto INCONSTITUCIONAL, ya que no vela por la seguridad de las personas y sus bienes.
u)      TENGASE POR PRESENTADO mi reclamo como ciudadano chileno.  CONTINUAR PROMOVIENDO el  sobrepoblamiento de la zona costera de la bahía de Coquimbo, especialmente en la comuna de La Serena, es un acto GENOCIDA, ya que no se cuenta con los medios suficientes para ejecutar las obras de vialidad para evacuación de emergencia que demanda toda  población humana permanente en esa zona, y además toda la población humana  de turistas en tiempos de veraneo u otras actividades que se realizan en la costanera.   A LA VEZ, TENGASE PRESENTADO MI RECLAMO contra quienes promueven actos de esta naturaleza, de modo perverso, ya que por su condición de autoridades conocen perfectamente las implicancias de estas acciones de tipo criminal, donde el lucro personal y de las empresas inmobiliarias postergan el derecho a la vida, a vivir en ambientes seguros.  LAS AUTORIDADES no pueden alegar ignorancia de estas materias. 
v)      Si se piensa en el rescate de 33 MINEROS, con un costo impresionante, DEBERÍAMOS PREVENIR ANTICIPADAMENTE,  con medidas justas y costos compartidos, entre beneficiarios pudientes y el Estado-Fisco, tal como ocurre solidariamente con los pavimentos participativos del SERVIU.  Se pueden aplicar valores adicionales a los roles del SII  que  resulten adjudicatarios del beneficio y sujetos de cobros proporcionales a la inversión de la  vías de evacuación.   Podría ocurrir que 33 mil  personas sufrieran lo que los 33 mineros pasaron, felizmente hoy con vida.  Todo depende de las autoridades y de los políticos. 
w)        URGE  UNA POLITICA Y LEY   DE PREVENCION Y MITIGACION DE DESASTRES NATURALES EN ZONAS URBANAS , FOCALIZADA EN SISMOS, MAREMOTOS, INUNDACIONES E INCENDIOS. Y  TAMBIEN  MITIGAR  LOS  EFECTOS DE LA SEQUÍA, QUE DEJA SIN AGUA POTABLE A LOS PUEBLOS RURALES. 
x)        COMO ESTA POLITICA  SERIA  DE LARGA DISCUSION PARLAMENTARIA --ya que se trata de salvar la vida de los ciudadanos—es que sugiero se trate de adoptar medidas paliativas mediante El PLAN REGULADOR DE LA SERENA, lo que resulta mucho más rápido, que esperar los acuerdos parlamentarios. 
y)     Respetuosamente, sugiero


ALTERNATIVAS DE  SOLUCIONES
PLAN REGULADOR  CIUDAD DE LA SERENA 
ACTUALIZACION  2015  - AREAS DE TSUNAMI

I)                    Las vías de evacuación deben ser  contempladas según cálculos de tiempo ideal,  para  llegar peatonalmente a los punto de seguridad a más de  veinte metros sobre el nivel del mar.  Esto coincide en toda la terraza  de la bahía, que separa la plataforma de LAS VEGAS y PLAYA CHANGA con la zona urbanizada, definida  claramente desde norte a sur, como terrazas de LA COMPAÑÍA; Terrazas de PEDRO PABLO MUÑOS-EL SANTO; terrazas de REGIMIENTO COQUIMBO y su prolongación hacia el  sector SAN JUAN y  Empalme de Coquimbo.   Las vías de escape deben quedar  consignadas, aunque eso signifique condicionar la propiedad privada y/o edificios ya construidos.  En cierta forma significa “congelar” las zonas afectadas, evitando mayores obras.  La ley lo ADMITE, como  vías necesarias del plan regulador, quedando afectadas a expropiación, lo que puede ser por vía ordinaria o extraordinaria[1]
II)                  EL PLAN DE VIAS DE EVACUACION debe ser integral para toda la bahía, donde la comuna de La Serena tiene una extensión mayor, desde Punta de Teatinos hasta el límite comunal con Coquimbo.  Las vías de evacuación para la zona norte deben ser identificadas para la proyección de desarrollo urbano de largo plazo, áreas con una densidad similar o mayor a la existente en la sección sur, debido a las presiones inmobiliarias actuales y futuras. 
III)                PLAN DE OBRAS DE URGENCIA: debe considerar aspectos de participación solidaria en los aportes financieros para la ejecución, donde es posible aplicar valores de contribuciones adicionales a las existentes, según tasaciones del SII , aplicables de modo discriminatorio sobre las propiedades beneficiarias de las obras de infraestructura para evacuación de seguridad.  Esto puede ser determinante para las futuras obras inmobiliarias que actualmente se ejecutan sin pagar los costos asociados, lo que constituye una desigualdad que afecta los intereses del estado y sus ciudadanos.  LA INVERSIÓN ya señalada para expropiaciones y obras de vías peatonales de evacuación supera los 8.600 millones de pesos, para ejecutar nueve (9) vías de evacuación según estudio realizado por MINVU, informado en 2014.  Eso significa que cada vía peatonal bordea los mil millones cada una.  Este presupuesto no incluye nuevas vías para automóviles.   En información más reciente, el MINVU señala que para la vía de borde de terraza EL SANTO, se necesitan 40 mil millones de pesos en nuevas obras de infraestructura, sin contemplar las nuevas conexiones viales con la costanera y las vías de escape.
IV)               Las obras viales de Ruta 5, no deben aplicar pasos bajo nivel, por el inminente riesgo de resultar anegadas ante un TSUNAMI, que afectaría la seguridad local y nacional. El plan regulador debe PROHIBIR LOS PASOS BAJO NIVEL en zonas inundables,  aunque ya estén considerados en proyectos en curso (Ruta 5). 
V)                 Los atraviesos peatonales en la ruta 5, deben ser sobre el nivel de circulación de vehículos, y con sistemas de seguridad para evitar caídas de las personas al vacío, con capacidad de soporte pleno, oscilante (efecto sincrónico de paso de peatones).  Se sugiere sistemas de rampas en arcos de pendientes de 15% máximo, con anchos no inferiores a 2 metros libres, pisos antideslizantes. 
VI)               En toda la zona inundable, debe prohibirse terminantemente todas las instalaciones de equipamiento de atención de salud hospitalaria, ya que este equipamiento  es de primera necesidad en caso de catástrofes naturales.
VII)             Puntos clave para Torretas de aterrizaje de helicópteros para operaciones de rescate, en forma de distribución homogénea, en zona inundable, para bajada de brigadas de rescate y suministros de emergencia  (principalmente en sectores sociales más distantes, como CALETA SAN PEDRO). 
VIII)           Todos los edificios en altura, de 4 pisos o más, deberían considerar helipuertos en sus azoteas. 



[1] Una acción ordinaria es por cesión gratuita cuando se solicita permiso de edificación o división.  Extraordinaria es por acción del gobierno, que exige abrir esos espacios y paga.

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ii)  CONSULTA  ACOGIDA A LEY DE TRANSPARENCIA :  a la  autoridad municipal
¿Existe una evaluación municipal o estatal  de los riesgos (sanitarios y de seguridad ante catástrofes naturales)  de instalar una planta desalinizadora de agua de mar en la zona informada por el GORE, sector planta de tratamiento de aguas servidas de Aguas del Valle? =  ZONA INUNDABLE POR TSUNAMI. 

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ANEXOS 
iii)          Se propone crear un “CONSEJO DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE EN DERECHOS CIUDADANOS” .CODUS.
iv)          CONSIDERACIONES  INNOVACION EN DESARROLLO URBANO Y  PLAN DE DESCENTRALIZACION – ZONAS METROPOLITANAS – MEDIDA 4; MEDIDA 7.



ANEXO  iii)  
SE PROPONE CREAR UN “CONSEJO DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE EN DERECHOS CIUDADANOS” .CODUS.

.CODUS.  La imperiosa necesidad de participación ciudadana constante, por medio de ORGANISMOS,  en la planificación del territorio habitado, surge como una dinámica que se propicia por el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet Jeria.   Los argumentos se pueden reconocer fácilmente en el documento que le fuera entregado el día 07 de Octubre de 2014,  en el contexto del Plan de Descentralización, donde varias medidas esenciales ponen énfasis en la calidad de vida de las personas en las ciudades, debido a la tendencia de aumento de población urbana en contraposición a la merma en las zonas rurales. 
La creación de un  “CONSEJO DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE EN DERECHOS CIUDADANOS” –CODUS-   es muy adecuada para la vigilancia del respeto a los derechos constitucionales de los habitantes,  ya que muchos casos de especulación y transgresión a las normas ocurren a vista y paciencia de las autoridades, que se ven enlazadas en complejas operaciones de especulación del uso del suelo y sus características, como el cambio de rural a urbano, tan conocido con el caso CAVAL, entre Dávalos y el  Sr. Luksic.    Poder político y poder económico, para forzar la PLANIFICACION URBANA: resultado = un escándalo político e institucional. 
La actitud política inmediata ha sido … “vamos a crear un organismo para que este tipo de situaciones no vuelva a repetirse” dice el vocero de Gobierno. 
Es decir, SE VALIDAN  AHORA LOS ORGANISMOS DE PROBIDAD, para control social de la corrupción y tráfico de influencias.
Declaro también que fui testigo de las presiones que sufrió el Sr. FLORENCIO SANCHEZ (QEPD) cuando buscaba ejecutar las obras comprometidas para el proyecto SERENA NORTE, donde se debería haber invertido 500 millones de dólares, según las bases de licitación y la oferta de la empresa adjudicada , lo que jamás ocurrió y los terrenos que eran de propiedad municipal se vendieron a precio de huevo, con la condición de ejecutar las inversiones, pero se le negó AL INVERSIONISTA  varias facilidades para las obras sanitarias del proyecto urbanístico.  Se observa más, ahora, como un simple loteo de terrenos que una obra de desarrollo integral como lo establecían las bases y contrato de adjudicación.  En el fondo, el patrimonio municipal se perdió a precio de huevo, Más de 300 hectáreas de borde costero.  Los ingresos esperados jamás ocurrieron.  Hoy es propiedad privada.   Son innumerables los casos de colusión, extorsión, tráfico de influencias e incluso medidas atentatorias a los derechos humanos, que se practican en la especulación sobre el suelo urbano y por urbanizar, por lo que dejar esta materia en manos de unos pocos es altamente peligroso para la seguridad ciudadana. 
Cuando las autoridades de paso no tienen compromisos permanentes, no hay modos de controlar esta planificación del territorio habitable. 
EL  PLAN REGULADOR debería establecer la conformación legal  de un organismo separado de las autoridades de turno, que revise detenidamente cada elemento constitutivo del plan de desarrollo, siendo asesorado este “CODUS” por profesionales idóneos, que no tengan conflictos de interés directo o indirecto, como ocurriría con los dirigentes de los gremios de la construcción y la arquitectura, pero convocando a  los profesionales que quedan liberados de tales cargos de poder.  LOS ALCALDES Y CONCEJALES, no deben ser miembros de estos consejos, ni otras autoridades estatales.  El  CODUS debe ser plenamente autónomo.
Por tal razón, propongo la creación de un   “CONSEJO DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE EN DERECHOS CIUDADANOS”, con miembros representantes de la comunidad, electos por sus características humanitarias  y de probidad cívica verificables.  En algunos países más desarrollados existen CURADURIAS URBANAS y Corporaciones para el desarrollo urbano democrático.  Los fondos deben ser provistos por el GORE, según plan de incremento de fondos regionales (Medida N°6) del Plan para la Descentralización  (Trabajo de comisiones durante 2014, y 33 expertos en desarrollo regional).  Plan piloto US$ 200 millones en 2015.  www.10medidas.blogspot.com


ANEXO  iv)       
CONSIDERACIONES  INNOVACIÓN EN DESARROLLO URBANO/   Y  PLAN DE DESCENTRALIZACION - ZONAS METROPOLITANAS – MEDIDA 4; MEDIDA 7.

INNOVACION: CORFO, MINVU, MOP y otros organismos del estado, están propiciando mecanismos de participación ciudadana activa en la formulación de iniciativas para el progreso del territorio nacional.  Destacan entre estas medidas, las que se refieren a la creación de Sociedades Participativas en desarrollo urbano e infraestructura urbana, conocidas como EMPRESAS SOCIALES, las que se espera que en mediano  plazo asuman tareas de desarrollo funcional y operacional. 

MEDIDA  ESENCIAL N° 4                        
DEL PLAN PARA LA DESCENTRALIZACION
Señala que se debe crear un SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN de AREAS METROPOLITANAS, donde cabe solicitar se incluya de inmediato la conurbación de LA SERENA-COQUIMBO, considerando la condición de ciudad preferida para establecer residencia definitiva.  Esto aparejado con el conjunto de obras de infraestructura que son necesarias, además de la preparación para soportar el flujo de transportes proyectado por el paso de agua negra (EBITAN) en 2025-2030.

MEDIDA  ESENCIAL N° 7                        
DEL PLAN PARA LA DESCENTRALIZACION
Señala que se debe fomentar la permanencia de talentos regionales, profesionales, técnico y post graduados, incluso con incentivos económicos y de calidad de vida para los beneficiarios y sus grupos familiares.  Es la medida más demandada en los 15 diálogos regionales, junto con la elección democrática de intendentes.

 FELIPE SFEIR 
ARQUITECTO  URBANISTA -  REGISTRO NACIONAL CONSULTORES  MINVU 

16 de marzo de 2015
LA  DESCENTRALIZACION  DEL  DESARROLLO  LA  PODEMOS HACER DESCENTRALIZADA-MENTE




LA HUELLA DE LOS ELEMENTOS / SFEIR

8 SE ELEVA
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19 de MARZO DE 2015  ES PLAZO DE  OBSERVACIONES  AL PLAN REGULADOR DE LA SERENA -  PARTICIPACION  CIUDADANA
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LA  HUELLA DE LOS ELEMENTOS[1]    
>> “HdeE” /sfeir  

>>  AGUA, AIRE, SUELO, ENERGÍA


H1. CALIDAD DEL AGUA PARA CONSUMO  HUMANO

La imperiosa  necesidad de asegurar  AGUA POTABLE  FRESCA para el consumo humano, obliga a una protección impostergable de los afluentes de agua dulce provenientes de todos los cauces de aguas arriba, como también de las quebradas tributarias, que aportan agua pluvial a los torrentes y napas subterráneas.  La obtención de agua dulce fresca, de origen pluvial (lluvias), es una demanda creciente y no menos alarmante la contaminación de los suelos con las actividades antrópicas.  Las cosechas de aguas de lluvia pudieran ser una característica de las urbes del futuro, tanto desde los sistemas de conducción de aguas pluviales sobre el tejido urbano como por capturas individuales desde los edificios sustentables.  La DESALINIZACIÓN** (no “desalación”) es un proceso físico o químico que permite quitar diversas sales al agua --como al agua de mar-- que necesariamente debe ser SANITIZADA, ya que puede contener elementos nocivos para la ingesta, cuando se trata de fuentes infectadas con alcantarillados o fluidos industriales.  Las membranas de osmosis inversa son cada vez más eficientes y posiblemente en un futuro no lejano los costos se reduzcan considerablemente.  La energía limpia que se debe usar en los procesos sería cada vez más barata, por la creciente producción a costos ínfimos, una vez instalados los generadores. 

** LA DESALINIZACIÓN SANITARIA DEL AGUA DE MAR  (DSAM /sfeir) debe ser desde los lugares más aptos, ya que por ejemplo, las aguas de mar de la costa de la bahía de Coquimbo, se encuentran contaminadas con las aguas servidas de los emisarios submarinos de ambas ciudades.  Los niveles de indicadores de contaminación en algunos casos de mediciones han arrojado hasta diez veces más que los admitidos y recomendados por protocolos sanitarios internacionales (medición de u/E-coli /cm3). Literalmente, en algunos puntos los niveles son peligrosos para la salud humana, no por los E-coli, sino por todos los elementos que se vinculan a la presencia de estos microorganismos provenientes de las heces humanas y alcantarillados urbanos.  Factores patógenos pudieran ser traspasados a las personas al tomar contacto con agua de mar sucia.  También  elementos virales; y los más peligrosos son los metálicos en suspensión, que se pueden concentrar en los tejidos de modo acumulativo sin opción a eliminación, principalmente plomo, mercurio y otros presentes en la industria automotriz, que muchas veces derraman aguas grises en las alcantarillas sin procesos de depuración.  No es menos peligroso señalar que las alcantarillas de los hospitales también evacúan al mismo sistema de colectores y esos constituye de todas formas riesgos de trasmisión de epidemias, de modo indirecto, como podría ser la poliomielitis.  Desde mi percepción, el futuro de la obtención de AGUA DULCE FRESCA SANA  está en gran medida en la conducción de agua dulce desde los grandes acuíferos continentales, como las cuencas del AMAZONAS Y PARANA.  Es necesario ver lo que ocurre en otros países, como China y EE.UU. con acueductos. El agua dulce ha dejado de ser un bien público, pasando a convertirse en un gran negocio. En Chile esto acurre hace décadas. La sociedad lo  sabe.




[1] HdeE”, AGUA, AIRE, TIERRA, ENERGIA;  1) F.Sfeir, UAC, 2002, consultoría PR Coquimbo, seccional La Cantera, sector desembocadura El Culebrón.  El arquitecto, como consultor en desarrollo de asentamientos humanos, ha elaborado diversos ensayos sobre la calidad del agua, su uso y sus potencialidades.  El  año 2002  por encargo de la Universidad de Aconcagua, se elaboró una EIA  del impacto de la costanera sobre el humedal del Estero El Culebrón, donde se emitieron conceptos de la calidad de los elementos naturales AL SER INTERVENIDOS por acción urbanística, lo que mayoritariamente concluye en un desplazamiento de las especies naturales y pérdida de diversidad genética.  2) También se trató este tema, bajo el prisma de  “BIOTICO Y ABIOTICO”, en el  PROYECTO RIO ELQUI FUENTE DE VIDA,  donde Sfeir fue director del proyecto, financiado por el Fondo de las Américas.    Aquí se elaboró una ESTRETEGIA DE DESARROLLO URBANO DEL RIO ELQUI, la que fue suscrita por autoridades y organizaciones sociales  (diciembre de 1996), Director Ejecutivo A. Plon Kumel (QEPD). / EJECUTÓ C.CH.DD.HH.


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Para la INSTALACION DE PLANTAS DESALINIZADORAS DE AGUA SE MAR, se deben establecer las zonas potenciales y preferenciales para este tipo de depuración sanitaria, ZONIFICADAS EN LOS PLANES REGULADORES, afectando todo el perímetro de su influencia,  por lo que de modo definitivo e irrevocable, deben estar alejadas de  los sistemas de colectores de alcantarillados, y de los puntos de influencia de derrame de los emisarios marinos, tanto en condiciones normales con ductos en perfectas condiciones, como ante posibles rupturas de tales emisarios, lo que ya  ha ocurrido, tanto a nivel superficial como bajo la superficie marina (datos verificables veraces).  Solo basta mencionar el aluvión de 1997, que rompió los ductos en sector puente fiscal y las tuberías matrices de agua potable alimentadoras del sector La Compañía.   Los riesgos siempre existen, como el efecto de un tsunami en los emisarios existentes.  El vaciamiento directo de aguas servidas en la costa sería catastrófico si se encuentran plantas desalinizadoras en ese mismo lugar que capturen agua de mar, la que estaría contaminada con heces (caca) y elementos residuales  industriales, etc.
Por otra parte, los puntos de captura de agua de mar, deben estar alejados de todo tipo de riegos físicos y químicos, operacionales y jurisdiccionales, por lo que se trataría de ZONAS  DE ALTA  RESERVA DE CALIDAD AMBIENTAL, de agua de mar para procesos de utilización para consumo y la salud  humana. 
Pongo de ejemplo el caso de un derrame de petróleo (desde estanques o desde barcos) u otro elemento altamente peligroso para la planta desalinizadora, o para la calidad del agua a obtener.  NO VALE decir después “no lo habíamos considerado”, excusa muy frecuente entre las autoridades PARA SOSLAYAR las recomendaciones de los expertos en materias de seguridad urbana y ambiental.  También resulta una paradoja que cada desastre da lugar a una declaración de:  “haremos una ley para evitar esto”. 

SERIA URGENTE ENTONCES  HACER UNA  LEY PARA  EVITAR  MUERTES  MASIVAS POR  ACCIÓN DE  TSUNAMIS  U OTRAS  CATÁSTROFES PREDECIBLES. 
LOS  PLANES REGULADORES  SON PARA  EVITAR  ESOS DESASTRES -  NO PARA  PROMOVERLOS  =  RESPONSABILIDAD DE  LOS  CONCEJALES Y AUTORIDADES

NO acatar estas recomendaciones específicas, solo demostraría la soberbia de los que insisten en hacer obras fuera de los parámetros deseables. 

YA ESTA  DICHO Y FORMALIZADO en este documento.

H1.1. RECOMENDACIÓN CAPTURA de agua de mar para desalinización sanitaria: las plantas desalinizadoras de agua de mar deben estar ubicadas en los puntos de mayor seguridad ante los efectos de tsunamis, por ejemplo Punta de Teatinos, por el norte, y  Punta Panul por el Sur, ya que son aguas bien oxigenadas y a la vez libres de factores patógenos por aguas servidas.  La ubicación de las tomas debe ser cercana a  bordes abruptos, donde se alcanza la cota 20 msnm a poca distancia.

H1.2 PROHIBICION EN EL PLAN REGULADOR  COMUNAL  DE INSTALAR PLANTAS DESALINIZADORAS PARA AGUA POTABLE en las cercanías de zonas de TRATAMIENTO Y EVACUACION de aguas servidas y sus áreas de influencia (3 a 5 km de radio desde el vertedero de emisario).  Así también, no deben ser áreas inundables por tsunamis. 

H1.3  ZONIFICACION DE AREAS DE PROTECCION MARACUICOLA  PARA CAPTURA DE AGUA DE MAR PARA DESALINIZACION SANITARIA PARA AGUA POTABLE.  Las condiciones de permitido y prohibido deben ser evaluadas por comisiones de expertos.  Deben ser el  menos dos zonas por área urbana planificada, para evitar la monopolización del recurso disponible.  Y  PREVENTIVAMENTE CONTAR CON UNA ZONA DE SUSTITUCIÓN EN CASO DE CIERRE O COLAPSO  DE LA PRINCIPAL.

H1.4  ZONIFICACION DE AREAS DE PROTECCION HIDRICA  de los afluentes pluviales para evitar derrames contaminantes sobre napas con potencial de extracción de agua dulce.  Las condiciones de permitido y prohibido deben ser evaluadas por comisiones de expertos.  Por ejemplo, todo el afluente del Parque COLL, y afluentes de la Quebrada de Peñuelas, quebrada de Santa Gracia y otras tributarias del Rio Elqui arriba,             que pueden quedar integradas al plan regulador comunal. 

H1.5 ZONIFICACION DE SERVIDUMBRES DE PROTECCIÓN DE DUCTOS Y ACUEDUCTOS DE AGUA PARA LA VIDA, que deben quedar establecidas de modo previo a las autorizaciones de otras obras de infraestructura y edificación. 

H1.6 EVALUACION DE RIESGOS SANITARIOS Y DE SEGURIDAD ANTE CATÁSTROFES NATURALES, antes de instalar una planta desalinizadora de agua de mar. 


H2. CALIDAD  DEL AIRE 

Las materias de regulación de calidad del aire (tropósfera) en las zonas urbanas deben quedar establecidas en el Plan Regulador Comunal, ya que al dejar abierto el espacio aéreo vital, podría ocurrir que emanaciones no consideradas en la herramienta de planificación crearan conflictos de intereses en el desarrollo integral.  Por ejemplo, vapores nocivos, olores no deseables en las zonas habitables y de interés turístico actual y potencial.  Incluso en las áreas o zonas industriales es necesario definir un parámetro de indicadores generales, donde el ministerio de medio ambiente tiene injerencia.  Considerar vientos predominantes y zonas de saturación.  Es notorio el efecto de malos olores en Parque Pedro de Valdivia, que ha sido utilizado como Zoológico, con olores nauseabundos de excretas de animales, configurando un ambiente contaminado y vectores de atracción de moscas y roedores.  Caso similar ocurre con las pescaderías, a veces instaladas en pleno centro urbano, sin medidas de mitigación sanitaria adecuadas. También  la ubicación de vertederos y plantas de tratamiento de aguas servidas.  Es importante pensar en el perfil de calidad ambiental para el turismo, pero es fundamental la calidad de vida para los habitantes permanentes. 

H3. CALIDAD  DEL SUELO  PRODUCTIVO  Y  SILVESTRE 

La existencia de suelos altamente productivos, por su clasificación y por cultivos existentes, constituyen un patrimonio insustituible, como ocurre en las terrazas fluviales del sector ALFALFARES, entre otras similares.  El cambio de uso mediante zonificaciones del PLAN REGULADOR, es un acto de lesión al patrimonio natural del asentamiento humano,  ya que los propietarios pueden rotar, pero al sepultar los suelos productivos bajo el manto de la especulación inmobiliaria se genera un daño económico a la productividad local, en horticultura, cultivos tradicionales y potencialidades agroalimentarias del futuro.  La fama de las chirimoyas serenenses no es una fantasía, por el microclima favorable. 
Las obras urbanísticas que intervienen las zonas silvestres, deben considerar mitigar los daños sobre la biota, sobre el paisaje y sobre el patrimonio histórico y ambiental, constituyendo un valor agregado a la planificación integrada racional y competitiva (calidad de vida en las ciudades) donde La Serena tiene una posición muy destacada, siendo la segunda ciudad más preferida para la vivienda permanente.  Es el potencial de una zona metropolitana en ciernes. 
La zona costera de Punta de Teatinos hacia el norte contiene una nutrida biota vegetal y animal necesariamente sujeta de protección ambiental (Lucumillos, papayo palo gordo, Chungungos, reptiles costeros y aves, entre otros endémicos como micro flora y polinizadores del “desierto florido costero”).  Se puede concebir un verdadero potencial para el turismo temático permanente. 

H4. CALIDAD  DE LA ENERGIA 

La modalidad de generación de energía es una materia poco explotada en arquitectura y urbanismo.  La IV Región se ha convertido en protagonista de un cambio de paradigma en la generación de energías limpias.  Las opciones de edificación de obras de arquitectura e ingeniería que autogeneran  energía son muy deseables, por lo que aplicar disminuciones a los impuestos (y derechos municipales) por uso de energías limpias sustentables es una posibilidad de normar en el PLAN REGULADOR COMUNAL DE LA SERENA.  Por ejemplo puentes y edificios con inclusión de aerogeneradores y/o paneles solares.  De hecho, los colores de fachadas se norman en la ZONA TIPICA, lo que es un ejemplo de lo posible.  La visión del futuro se inventa.  Tarea de arquitectos y participación ciudadana. 

 HUELLA BIÓTICA  EN LAS CIUDADES   
>>  “HBC”/sfeir  >>  vegetales, animales, humanos

La ciudad, como obra construida por seres humanos, puede ser concebida como un “transformador de recursos” (R. Mayer, Químico-Urbanista), pero también como un modelador de la fisiología colectiva, de tal forma que los asentamientos humanos pueden sufrir consecuencias a veces muy negativas, como ocurre con las metrópolis desatadas, desbordadas, “alopoiéticas” (H. Maturana, El  árbol del conocimiento) donde los indicadores ambientales son incrementalmente  más dañinos, principalmente para los niños y adultos mayores.  Progresivamente se ha avanzado disminuyendo factores patógenos, como la prohibición de fibra de asbesto en las edificaciones, menos gases letales, prohibición de algunos pesticidas, erradicación de poblaciones sin soluciones sanitarias, demolición de edificios y pistas amenazantes, mitigación de ruidos, envolventes para  pistas ferroviarias, etc.  Ver el caso de la población MERCEDES MARIN DEL SOLAR, que ha quedado entre dos vías elevadas, restando calidad de vida a los vecinos.    Un caso especial es la merma del Parque Pedro de Valdivia, ÁREA VERDE que DEBERIA SER UN BIEN NACIONAL DE USO PUBLICO, pero ha sido sucesivamente trastocado su destino, primero cerrando el Parque Japonés; luego usado como ZOLOGICO; también convertido en gran parte en centro deportivo cerrado; y recientemente CERCENADO en 14.000 m2,  para instalar un teatro regional para ser transferido a administración privada.  Ver ORD. N°  5371 de 23-09-2013, del Alcalde R. Jacob a Felipe Sfeir, donde en el punto 3° declara la desafectación como BNUP.  No es menos la intervención por ensanche de la panamericana RUTA 5, que reduce la superficie en forma significativa.  El parque está desapareciendo.   POR OTRA PARTE, más de 50 hás de bien nacional de uso público, con decreto presidencial, están convertidas en extracción de áridos, en lo que se conoce como LA ISLA del Rio Elqui, entre los puentes El Libertador y Zorrilla.  ALGO huele peor que el Zoológico, que han prometido erradicar, posiblemente para hacer estacionamientos.    La ciudad parece no aprender de los errores de su evolución, desde cinco mil años (o más), donde ya en Mesopotamia existían códigos que señalaban severo castigo  para el constructor o arquitecto al que se le caía una vivienda (código de Hammurabi).  … Hoy se construyen  ciudades genocidasamparadas en planes reguladores maliciosos, aprobados por las autoridades municipales.   ¡Qué bueno que los concejales estén ESTUDIANDO! en el SHOA.  FELICITACIONES. 
Considerar  la sinergia de Richard Buckminster Fuller (Arquitecto innovador, inventor, filósofo 1895-1983). 

¿Hemos progresado en derechos humanos urbanísticos?
¿Son los arquitectos urbanistas los culpables? … ¿O  quiénes son?

Lema de Hiroshi Amano
inventor LED azul (NOBEL 2014):  “podemos cambiar el mundo”

.O. 
SFEIR